El Suministro Inmediato de Información (SII) es el nuevo sistema de gestión del IVA basado en la llevanza de los Libros Registro del impuesto a través de la Sede electrónica de la AEAT mediante el suministro inmediato de los registros de facturas. La entrada en vigor de esta obligación será el 1 de julio de 2017. Las haciendas forales de Araba, Bizkaia, Gipúzkoa y Nafarroa se sumarán al cambio del SII a principios de 2018.
Este nuevo sistema, desarrollado por la Agencia Tributaria (AEAT), busca la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del IVA, consiguiendo la declaración inmediata de las facturas expedidas y recibidas.
SIGEPlus ERP conecta directamente con la sede electrónica de la AEAT, permitiendo a las empresas cumplir con la obligación de forma sencilla. De esta forma, ofrecemos a las empresas afectadas por esta nueva obligación una solución completa que integra todo el ciclo de transferencia de datos con la AEAT, generación, envío y resguardo de los libros registro de IVA. Nuestro conector SII está totalmente integrado en SIGEPlus ERP, al estar instalado en su ordenador no tiene necesidad de ceder su certificado digital (firma) a un tercero.
El conector SII de SIGEPlus permite mediante solo un click realizar el envío de todas las facturas pendientes de registrar en la Agencia Tributaria. Hemos desarrollado una serie de procesos adicionales para disponer de las siguientes funcionalidades:
Automatizar el envío desatendido de facturas, programando la periodicidad con la que se quiere que el sistema realice el envío de facturas a los servidores de Hacienda.
Consultar el histórico de los distintos estados por los que ha pasado una factura a lo largo del proceso SII.
Efectuar una conciliación de las facturas disponibles en Hacienda y en nuestro sistema contable, a partir del cual se verificarán los importes para la declaración del modelo 303 de IVA.
El nuevo SII es aplicable con carácter obligatorio a los sujetos pasivos que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA mensualmente, entre los que se identifican:
Grandes empresas, cuya facturación anual es superior a 6 millones de euros.
Las empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
Las pymes y autónomos que tributen en el régimen especial de grupos del IVA.
Empresas que decidan sumarse voluntariamente a este nuevo modelo de gestión del IVA.
Las entidades incluidas en el SII deben de suministrar los libros registro de IVA a través de la página web de la Agencia Tributaria, donde esos libros se van formando con cada uno de los envíos del detalle de las operaciones realizadas. No se debe presentar la factura en sí, sino los registros de facturación e información adicional de relevancia fiscal.
Libro Registro de Facturas Expedidas.
Libro Registro de Facturas Recibidas.
Libro Registro de Bienes de Inversión.
Libro Registro de Operaciones Intracomunitarias.
Libro Registro de Operaciones en Metálico.
Una de las claves que caracteriza al nuevo sistema es el término "inmediato", que supone que el contribuyente dispone de un máximo de 4 días naturales (excluyéndose sábados, domingos y festivos) desde la emisión o recepción de la factura asociada para la remisión a la Agencia Tributaria. En el caso en que la emisión de las facturas sea realizada por el destinatario (autofacturación) o por un tercero, el plazo será de 8 días hábiles.
En el portal de la Agencia Tributaria dispone de más información sobre el nuevo sistema de gestión del IVA.
El sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) aporta las siguientes ventajas, ... según hacienda.